ECONOMIA Nuevo régimen de facilidades de pago Fecha Publicación: 03/08/2018 11:44 Abarca a deudas por obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, vencidas hasta el 30 de junio último La AFIP oficializó hoy la vigencia de un nuevo régimen de facilidades de pago, que abarca a deudas por obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, vencidas hasta el 30 de junio último. La decisión se formalizó a través de una resolución general del ente recaudador, publicada este viernes en el Boletín Oficial. "Establécese un régimen de planes de facilidades de pago en el ámbito del sistema Mis Facilidades sujeto a las características de cada caso, aplicable para la cancelación de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, retenciones y percepciones, vencidas hasta el 30 de junio de 2018, inclusive, así como de sus respectivos intereses", según el texto oficial. La AFIP dispuso que podrán incluirse las obligaciones que hubieran sido incorporadas en planes de pagos anulados, rechazados o caducos. Además, aclaró que la cancelación mediante los planes de facilidades "no implica reducción alguna de los intereses, así como tampoco la liberación de las pertinentes sanciones". El artículo 2 dispone: "El régimen dispuesto por la presente comprende los siguientes planes: Este nuevo plan comprende deudas correspondientes a obligaciones impositivas cuya determinación debe efectuarse por períodos anuales, aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia y retenciones y percepciones impositivas". La AFIP justificó esta medida al señalar que "es objetivo de esta Administración Federal facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones". "Para la consecución de dicho objetivo, se entiende procedente implementar nuevos planes de facilidades de pago que permitan regularizar determinadas obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, así como la reformulación de los planes vigentes implementados por las Resoluciones Generales Nros 3.827 y 4.099-E y de corresponder sus intereses", añadió. 3 DE AGOSTO DE 2018.(TiempoPyme) |
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